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Madrid · Juntas y acuerdos

Impugnación de actas y acuerdos de juntas de propietarios

Una derrama mal repartida, una obra aprobada sin la mayoría que exige la ley, un voto que no te dejaron emitir o una junta mal convocada. Si un acuerdo vulnera la ley o los estatutos, o te perjudica gravemente, la vía para revertirlo es impugnarlo. Y los plazos son cortos.

Primera valoración de tu caso en 24-48 horas laborables.

Servicio

Qué hacemos exactamente

01

Informe de viabilidad

Te decimos con honestidad si la impugnación tiene recorrido antes de demandar.

02

Revisión de convocatoria y acta

Detectamos vicios de forma: plazos, orden del día, votaciones y redacción del acta.

03

Legitimación y consignación

Comprobamos que puedes impugnar y resolvemos la consignación si hay deudas previas.

04

Negociación previa

Intentamos que la comunidad rectifique sin juicio, como exige hoy la ley antes de demandar.

05

Demanda de impugnación

Presentamos la demanda y, si hace falta, pedimos la suspensión cautelar del acuerdo.

06

Defensa de la comunidad

También defendemos a comunidades frente a impugnaciones sin fundamento.

Sin compromiso

Qué pasa cuando nos escribes

01

Nos cuentas tu caso

Por teléfono o formulario. Con lo que sepas: no hace falta tenerlo todo claro.

02

Documentación mínima

Convocatoria, acta de la junta, estatutos y justificante de estar al corriente de pago.

03

Te decimos si conviene actuar

Con franqueza, también cuando la respuesta es que no merece la pena.

04

Propuesta por fases

Primero la vía extrajudicial y, si hace falta, la demanda. Con presupuesto cerrado.

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Contacto

Cuéntanos tu caso

Cada situación es distinta, y decidir a tiempo —o evitar un paso en falso— puede cambiarlo todo. Estudiamos tu caso, te explicamos qué opciones tienes y te decimos con franqueza si conviene actuar y por qué vía. Sin tecnicismos y sin presión: primero entiendes tu situación, después decides.

Bermejo AbogadosCalle de la Genciana 10, Piso 1-A · 28039 Madrid
687 771 768 · info@bermejoabogados.es

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