Comprar o vender
Arras, nota simple, cargas, deudas con la comunidad y escritura. Lo que conviene revisar antes de firmar nada.
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Comprar o vender una vivienda, dividir un piso, convertir un local en vivienda, recuperar un inmueble ocupado. Revisamos lo que el Registro, el Ayuntamiento y la comunidad dicen de tu inmueble antes de que firmes o inviertas, y resolvemos el problema cuando ya ha aparecido.
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Según tu caso
Cada operación tiene sus reglas y sus riesgos. Elige tu situación.
Arras, nota simple, cargas, deudas con la comunidad y escritura. Lo que conviene revisar antes de firmar nada.
Partir un piso en dos, unir dos colindantes o segregar un local. Licencia, mayoría de la comunidad y Registro.
Convertir un local, una oficina o un bajo en vivienda: urbanismo, estatutos, licencia e inscripción del nuevo uso.
Vender o comprar una vivienda con inquilino dentro, o un alquiler con opción a compra.
Alguien ocupa tu vivienda sin título o se niega a irse. Cada situación tiene su vía para recuperarla.
Defectos que no se veían, obras mal hechas, lindes o servidumbres discutidas con el vecino.
Un inmueble es, casi siempre, la inversión más importante de una familia, y también la que más papeles arrastra: una escritura, una inscripción en el Registro, una ficha en el Catastro, unas normas urbanísticas y, si está en un edificio, unos estatutos y una comunidad de propietarios. La mayoría de los problemas inmobiliarios nacen de que esas piezas no cuadran entre sí, y casi todos se pueden evitar revisándolas antes de firmar.
Por eso trabajamos en dos momentos. Antes, cuando vas a comprar, vender, dividir o transformar un inmueble y quieres saber si se puede hacer y qué riesgos tiene. Y después, cuando el problema ya ha aparecido: un defecto oculto, un vecino que discute la linde, un local que no se puede inscribir como vivienda, una vivienda ocupada. Si tu asunto es con la comunidad de propietarios o con un inquilino, lo llevan nuestras áreas de comunidades y de alquileres.
El notario da fe de lo que se firma, pero no representa a ninguna de las partes ni revisa por ti si la operación te conviene. Lo que decide una compraventa se juega antes, en el contrato de arras y en la documentación:
Si eres tú quien vende, el trabajo es el inverso: tener la documentación lista antes de publicar el anuncio —escritura, nota simple actualizada, certificado de eficiencia energética, último recibo del IBI y certificado de la comunidad— y un contrato de arras que te proteja si el comprador no llega a la firma. Conviene además calcular antes los impuestos que genera la venta, para que el precio neto no dé sorpresas.
Si la vivienda tiene un inquilino, la compraventa tiene reglas propias: ver compraventa de vivienda alquilada.
Dividir un piso grande en dos viviendas, unir dos colindantes o convertir un local en vivienda son operaciones que revalorizan un inmueble, pero solo si se hacen completas: autorización del Ayuntamiento, conformidad con los estatutos y, cuando la ley lo exige, acuerdo de la comunidad, y al final escritura e inscripción. Una obra terminada sin ese recorrido deja un inmueble que no se puede vender, hipotecar ni alquilar como lo que es. Por eso el estudio de viabilidad va siempre antes de la obra, y muchas veces antes de la compra.
La segregación de pisos y locales exige, con carácter general, la aprobación de tres quintos de la comunidad (artículo 10.3.b de la Ley de Propiedad Horizontal): lo explicamos en segregación de viviendas. El cambio de uso, en cambio, normalmente no necesita permiso de la comunidad si los estatutos no lo prohíben: ver cambio de uso de inmuebles.
Antes de todo eso, te decimos con franqueza si la operación tiene riesgos que no compensan.
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Preguntas frecuentes
El notario comprueba la identidad de las partes, la titularidad y las cargas en el momento de firmar, y da fe de lo que se firma, pero no representa a ninguna de las partes. El abogado revisa por ti el contrato de arras, la nota simple, las deudas con la comunidad y la situación urbanística antes de que te comprometas, que es cuando se pueden negociar las condiciones o echarse atrás sin perder dinero.
Depende del tipo de arras. En las penitenciales, que son las más habituales en compraventas de vivienda, el comprador que desiste pierde lo entregado y el vendedor que desiste lo devuelve duplicado. Si el contrato no lo deja claro, o incluye condiciones como la concesión de la hipoteca, hay que revisarlo antes de dar ningún paso.
La vivienda responde de las cuotas de comunidad impagadas del año en curso y de los tres años anteriores, aunque las debiera el vendedor. Por eso, antes de firmar, el vendedor debe aportar un certificado de la comunidad sobre el estado de sus deudas, y si hay alguna se descuenta del precio o se paga en la firma.
Con carácter general, sí, si los estatutos no lo prohíben o limitan expresamente. Lo que suele necesitar acuerdo de la junta son las obras que afectan a elementos comunes, como abrir ventanas en la fachada. Además, hace falta que el urbanismo lo permita y que la vivienda cumpla las condiciones mínimas, y el cambio debe terminar inscrito en el Registro.
Contacto
Cada situación es distinta, y decidir a tiempo —o evitar un paso en falso— puede cambiarlo todo. Estudiamos tu caso, te explicamos qué opciones tienes y te decimos con franqueza si conviene actuar y por qué vía. Sin tecnicismos y sin presión: primero entiendes tu situación, después decides.
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