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Madrid · Fianza y garantías
Abogado para reclamar la fianza del alquiler en Madrid
Si el casero no te devuelve la fianza o te descuenta daños que no has causado, te ayudamos a recuperarla con sus intereses. Y si eres propietario, a pedirla, depositarla y liquidarla bien para no tener problemas al final del contrato.
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Sumario
¿Tu caso encaja aquí?
- El casero no me devuelve la fianzaDevolución→
- Me descuenta daños que no he causadoDescuentos→
- ¿Puedo dejar de pagar el último mes a cuenta de la fianza?Último mes→
- ¿Cuánto me pueden pedir de fianza y garantías?Art. 36 LAU→
- Soy propietario y los daños superan la fianzaPropietarios→
- Tengo otros problemas con el caseroInquilinos→
Cuándo tiene que devolverte la fianza el casero
Al terminar el contrato, cuando entregas las llaves y se comprueba el estado de la vivienda. La Ley de Arrendamientos Urbanos no fija un plazo cerrado para la devolución, pero sí una consecuencia: si pasa un mes desde la entrega de llaves sin que el propietario te haya devuelto el saldo, esa cantidad empieza a generar el interés legal del dinero a tu favor.
Lo que devuelva debe corresponder a una liquidación: la fianza menos lo que se descuente, con el motivo de cada descuento. Una retención global «por desperfectos», sin detalle, no es una liquidación.
Qué puede descontar y qué no
El propietario puede descontar de la fianza lo que le debas por el contrato:
- Rentas o suministros pendientes de pago.
- Daños que hayas causado y que vayan más allá del desgaste normal por el uso.
- Otras obligaciones del contrato que hayas incumplido, si están acreditadas.
No puede descontar el desgaste ordinario de una vivienda habitada: pintura envejecida, pequeñas marcas, electrodomésticos que se estropean por antigüedad. Tampoco reparaciones que le correspondían a él durante el contrato. Y quien descuenta es quien tiene que justificar el daño y su coste. Por eso el inventario y las fotografías de la entrada y de la salida son decisivos.
Cómo reclamar la fianza
- Documenta la salida. Haz fotografías y vídeo el día de la entrega de llaves y, si puedes, firma con el propietario un documento de entrega que recoja el estado de la vivienda.
- Requerimiento por escrito. Si no te la devuelve o descuenta sin justificar, se le requiere formalmente con el importe y el plazo. Es el paso que más fianzas recupera.
- Negociación previa. Desde la Ley Orgánica 1/2025, con carácter general hay que intentar una vía negociada antes de demandar. El requerimiento bien hecho sirve para acreditarla.
- Reclamación judicial. Si no hay acuerdo, se reclama la fianza con sus intereses. Para importes pequeños, la ley permite reclamar sin abogado ni procurador: te decimos con franqueza si te compensa hacerlo por tu cuenta.
Cuánto se puede pedir de fianza y garantías
La ley obliga a entregar una fianza en metálico al firmar: una mensualidad de renta en el alquiler de vivienda y dos en los alquileres para uso distinto, como locales u oficinas. Además, se pueden pactar garantías adicionales, como un depósito o un aval, que en el alquiler de vivienda tienen un límite legal.
En la Comunidad de Madrid, el propietario debe depositar la fianza en el organismo autonómico competente. Si no lo ha hecho, es un incumplimiento suyo frente a la administración y no te quita el derecho a recuperarla.
Si eres el propietario
También trabajamos para arrendadores. Te ayudamos a fijar la fianza y las garantías en el contrato, a depositarla y, al final del alquiler, a hacer una liquidación que se sostenga: acta de entrega de llaves, fotografías, presupuestos o facturas de cada reparación y un plazo razonable.
Si los daños o las rentas pendientes superan la fianza, reclamamos la diferencia al inquilino. Y si además no se va o no paga, lo tratamos en desahucios. Para el contrato en general, ver asesoramiento en alquileres.
¿No te devuelven la fianza?
Mándanos el contrato, la fecha de entrega de llaves y lo que te haya dicho el casero. Te decimos cuánto puedes recuperar y cómo.
Cuéntanos tu caso687 771 768Primera valoración en 24-48 h laborables
Servicio
Qué hacemos exactamente
Revisión de la liquidación
Comprobamos si cada descuento está justificado y cuánto te corresponde recuperar.
Requerimiento de devolución
Por escrito, con importe, plazo e intereses. Suele bastar para cerrar el asunto.
Reclamación judicial
De la fianza y sus intereses cuando el propietario no responde o se niega sin motivo.
Fianza y garantías al firmar
Para propietarios: qué pedir, cómo documentarlo y el depósito en la Comunidad de Madrid.
Liquidación al final del contrato
Acta de entrega, valoración de daños y liquidación que se sostenga si el inquilino la discute.
Reclamación de daños
Cuando lo que se debe supera la fianza, reclamamos la diferencia al inquilino.
Sin compromiso
Qué pasa cuando nos escribes
Nos cuentas tu caso
Por teléfono o formulario. Con lo que sepas: no hace falta tenerlo todo claro.
Documentación mínima
El contrato, el justificante de la fianza, la fecha de entrega de llaves y las fotografías que tengas.
Te decimos si compensa
Con franqueza, también cuando el importe es pequeño y puedes reclamarlo tú.
Propuesta por fases
Requerimiento, negociación y, si hace falta, demanda. Sabes qué implica cada paso.
Contacto
Cuéntanos tu caso
Cada situación es distinta, y decidir a tiempo —o evitar un paso en falso— puede cambiarlo todo. Estudiamos tu caso, te explicamos qué opciones tienes y te decimos con franqueza si conviene actuar y por qué vía. Sin tecnicismos y sin presión: primero entiendes tu situación, después decides.
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