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Madrid · Obras y elementos comunes
Modificación de elementos comunes: abogados de propiedad horizontal en Madrid
Cerrar una terraza, colgar el aire acondicionado en la fachada, abrir una puerta a un patio, ocupar un rellano o un trozo de azotea. Qué puede hacer un propietario por su cuenta, qué necesita el acuerdo de la junta y qué puede exigir la comunidad cuando alguien se ha adelantado. Asesoramos al propietario y a la comunidad.
Primera valoración de tu caso en 24-48 horas laborables.
Sumario
¿Tu caso encaja aquí?
- Quiero hacer una obra que toca la fachada o una zona comúnAutorización→
- Un vecino ha cerrado la terraza o ha tocado la fachadaReposición→
- Un vecino usa un espacio común como si fuera suyoOcupación→
- Lo hizo hace años y nadie dijo nadaTolerancia→
- ¿Hace falta avisar a la comunidad de una reforma en casa?Obras interiores→
- La obra ha causado daños en mi viviendaDaños→
Qué puede hacer un propietario sin pedir permiso
Dentro de su vivienda o local, el propietario puede hacer las obras que quiera siempre que no afecten a la seguridad del edificio, a su estructura general, a su configuración o estado exterior, ni perjudiquen los derechos de otro propietario. Eso incluye la mayoría de las reformas interiores. Lo que sí exige la ley es dar cuenta previa al presidente o al administrador.
El problema empieza cuando la obra sale del interior: toca un muro de carga, un forjado, la fachada, una bajante, una terraza o un espacio que no es privativo. Ahí ya no basta con avisar. Lo explicamos en ¿tengo que avisar a la comunidad si hago obras en mi casa?
Obras que alteran elementos comunes: el acuerdo de la junta
Fachada, cubierta, estructura, patios, portal, escalera, instalaciones generales: son elementos comunes, y cualquier alteración necesita el acuerdo de la junta con la mayoría que exige la ley para cada caso. Algunas obras, como el cerramiento de terrazas o las alteraciones de la estructura o la envolvente del edificio, tienen mayorías reforzadas específicas; otras que afectan al título constitutivo pueden exigir unanimidad.
Si quieres hacer una obra así, preparamos la solicitud a la junta con la documentación técnica, te decimos qué mayoría necesitas y redactamos el acuerdo para que la autorización sea clara: qué se permite, en qué condiciones y quién asume el mantenimiento. Si además se necesita licencia municipal, el acuerdo de la comunidad suele ser un requisito previo.
Si un vecino ya ha hecho la obra sin permiso
La comunidad puede exigir al propietario que reponga el elemento común a su estado anterior y que indemnice los daños causados. El camino habitual: requerimiento del presidente, acuerdo de la junta autorizando la acción y, si el propietario no rectifica, demanda. Si la obra además genera una actividad molesta o prohibida, puede entrar en juego la acción de cesación.
Si la comunidad no actúa y la obra te perjudica directamente (te quita luz, invade tu terraza, te causa humedades), puedes reclamar tú. Te decimos por qué vía.
Ocupación de espacios comunes
Rellanos cerrados con una puerta, trozos de azotea o de patio incorporados a una vivienda, trasteros improvisados en zonas comunes. Aunque se lleve años usando, un elemento común no pasa a ser privativo por ocuparlo. La comunidad puede reclamar que se devuelva al uso común. Y si la comunidad quiere ceder ese uso a un propietario, tiene que hacerlo con un acuerdo expreso y la mayoría correspondiente.
Cuando la obra se hizo hace años
El paso del tiempo cuenta, en los dos sentidos. Las acciones para exigir la reposición prescriben, y los tribunales tienen en cuenta si la comunidad conocía la obra y la toleró durante mucho tiempo sin oponerse, lo que puede interpretarse como un consentimiento tácito. También pesa si otros propietarios hicieron obras iguales sin que nadie las discutiera.
Por eso cada caso se analiza con fechas: cuándo se hizo la obra, cuándo lo supo la comunidad, qué se dijo en las juntas y qué han hecho los demás vecinos. Si eres el propietario reclamado, es a menudo tu mejor defensa. Si representas a la comunidad, es la razón para no esperar.
¿Obra en elementos comunes?
Cuéntanos qué obra es y en qué punto está: si quieres hacerla, si ya está hecha o si te la reclaman. Te decimos cómo actuar.
Cuéntanos tu caso687 771 768Primera valoración en 24-48 h laborables
Servicio
Qué hacemos exactamente
Estudio de la obra
Si es interior, si toca elementos comunes y qué mayoría necesita la autorización.
Solicitud y acuerdo de la junta
Preparamos la petición con la documentación técnica y redactamos una autorización clara.
Reclamación de reposición
Requerimiento, acuerdo de junta y demanda para que el elemento común vuelva a su estado.
Recuperación de espacios ocupados
Rellanos, azoteas, patios o zonas comunes incorporadas a una vivienda.
Defensa del propietario reclamado
Tolerancia, consentimiento tácito, prescripción y obras iguales de otros vecinos.
Reclamación de daños
Si la obra de un vecino o de la comunidad ha dañado tu vivienda.
Sin compromiso
Qué pasa cuando nos escribes
Nos cuentas la obra
Qué es, dónde está, cuándo se hizo o se quiere hacer y quién está implicado.
Documentación mínima
Fotos, estatutos, actas en las que se haya hablado de ella y, si lo hay, proyecto técnico.
Te decimos qué dice la ley
Si hace falta acuerdo, con qué mayoría y qué opciones tienes. Con franqueza.
Propuesta por fases
Solicitud, requerimiento o defensa. Sabes qué implica cada paso.
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Guías sobre este tema
Contacto
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Cada situación es distinta, y decidir a tiempo —o evitar un paso en falso— puede cambiarlo todo. Estudiamos tu caso, te explicamos qué opciones tienes y te decimos con franqueza si conviene actuar y por qué vía. Sin tecnicismos y sin presión: primero entiendes tu situación, después decides.
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